El pasado 11.06.20 se dictó el Decreto Nº 163/2020, mediante el cual se
flexibilizan los requisitos exigidos a efectos de obtener la residencia fiscal en nuestro país.
1. Situación y condiciones
previas a el Decreto 163/2020
Entre los requisitos básicos para poder
tramitar la residencia teníamos
1.1
Permanencia en el país un mínimo de 183 días en el año, con salidas
o ausencia eventuales menores a 30 días.
1.2
Intereses económicos en el
territorio nacional
1.3
Posesión de activos por más de UI 15.000.000
1.4
Intereses familiares y afectivos
como residencia de cónyuges, hijos etc.
1.5
Inversiones en empresas con
proyectos de más de UI 45.000.000
2. Situación y condiciones a
partir del nuevo Decreto
2.1
Inversiones en activos por UI
3.500.000
2.2
Permanencia por un mínimo de 60
días durante el año
2.3
Inversión en empresas por un valor
mayor de UI 15.000.000 y que generen al menos 15 nuevos puestos de trabajo
directos.
El Poder Ejecutivo por este mecanismo de
flexibilización impulsa la posibilidad de aumentar las inversiones de
extranjeros en el Uruguay tendiendo al aumento de puestos de trabajo.
Es menester señalar que cada extranjero debe
estudiar sus condiciones particulares, asi como sus condiciones fiscales en su
país. Los beneficios fiscales que puede obtener estarán en función de los
extremos que se cumpla y de la legislación del país donde este radicado.
Estamos a las órdenes para evacuar cualquier
consulta a los interesado en el tema a través de nuestros correos.